La Delincuencia Juvenil en Argentina y los centros de detención
hablamos con Juan Manuel San Martín, trabajador social, quien tuvo la oportunidad de trabajar en una cárcel de menores.
Por Sofía Romero
Delincuencia juvenil es la denominación general que reciben aquellos delitos que son perpetrados exclusivamente personas que no han alcanzado la mayoría de edad, generalmente establecida en los 18 años. Por caso, se llamará como delincuente juvenil a aquel joven que no llega a los 18 años y que se dedica a ejecutar diversas acciones delictivas o ilícitas.
En Argentina existen dos leyes importantes a tener cuenta: la Ley 26.061 (ley nacional de Protección de Derechos de Niños) y la Ley 22.278 (ley de Régimen Penal de Minoridad.
La primera tiene por objeto “la protección integral de los derechos de las niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de la República Argentina, para garantizar el ejercicio y disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte”.
Y agrega que “la Convención sobre los Derechos del Niño es de aplicación obligatoria en las condiciones de su vigencia, en todo acto, decisión o medida administrativa, judicial o de cualquier naturaleza que se adopte respecto de las personas hasta los dieciocho años de edad”.
Además, esta normativa establece que “la niñas, niños o adolescentes tienen derecho a ser oídos y atendidos cualquiera sea la forma en que se manifiesten, en todos los ámbitos” y reafirma que “los derechos y las garantías de los sujetos de esta ley son de orden público, irrenunciables, interdependientes, indivisibles e intransigibles.
La segunda ley, la del Régimen Penal de Minoridad, establece que “no es punible el menor que no haya cumplido dieciséis (16) años de edad. Tampoco lo es el que no haya cumplido dieciocho (18) años, respecto de delitos de acción privada o reprimidos con pena privativa de la libertad que no exceda de dos (2) años, con multa o con inhabilitación”.
Si en lugar de la ley nos concentramos en las causas que hacen posible la delincuencia, deberíamos pensarlas en su compleja multiplicidad. De todo esto hablamos con Juan Manuel San Martín, trabajador social, quien tuvo la oportunidad de trabajar en una cárcel de menores:
-¿En qué podrían mejorar las cárceles a tu parecer?
-Para empezar cuando hablamos de menores, no se denominan cárceles sino centros socio educativos privativos de libertad. Al tratarse de adolescentes se tiene en cuenta a los mismos como sujetos de derechos en un contexto de encierro por disposición judicial, pero el Estado es quien debe tutelar por los derechos de esos adolescentes en el marco del proceso en el se encuentren privados de la libertad. Un ejemplo de esto, es que en estos centros funcionen escuelas para que los adolescentes cursen sus estudios mientras estén encerrados. Estos lugares pueden mejorar en todos los ámbitos: mayor presupuesto para mejoras edilicias y recursos para actividades que desarrollan los adolescentes.
-¿Dejan de ser chicos por ser delincuentes?
-Hoy sabemos que “ningún pibe nace chorro”. Que haya adolescentes que se encuentren en situaciones de transgresión a ley penal, nos obliga a pensar en aquellos factores que inciden y actuan para que los pibes lleguen a esa situación: familias atravesadas en situaciones de vulnerabilidad social; situaciones de violencia intrafamiliar; situaciones de consumo problemático de sustancias; falta de oportunidades; deserción o abandono escolar; falta de espacios de recreación o esparcimiento.
-¿Hay reinserción social en general?
-Tu pregunta genera más preguntas. Esto hay que pensarlo en dimensiones más amplias ¿A dónde queremos reinsertar a los pibes? ¿A los mismos lugares desde donde se los persigue/encierra? ¿Con qué finalidad? ¿No habría que actuar o incidir en aquellos factores que hicieron que esos pibes salgan a delinquir? ¿No habría que mejorar las condiciones de vida de las comunidades y/o familias de esos chicos/as para que haya mayores oportunidades para ellos? ¿Qué entendemos por reinserción social?
-¿Qué seguimiento se hace de los chicos y cómo es?
-Mientras se encuentran privados de libertad en los centros, un día de vida de los chicos es más o menos así: se levantan y desayunan, van a la escuela, realizan actividades deportivas, almuerzan, luego descasan y por la tarde realizan talleres, van al gimnasio u realizan otras actividades hasta la hora de la merienda y luego la cena. Los chicos solo están en las celdas en los momentos de la siesta y durante la noche. El resto del tiempo están en espacios colectivos, donde están acompañados por operadores operadores profesionales, trabajadores sociales, psicólogos, médicos.
-¿Sirven las cárceles para reinsertar a los chicos?
-Desde la justicia penal juvenil se plantea el concepto de justicia restaurativa para que el adolescente infractor pueda participar en el proceso de reparación del daño cometido, pueda subjetivar el acto que llevó a cometer un daño a un tercero y la forma de poder de alguna manera remediarlo. No se debe tratar a los adolescentes como delincuentes, sino como adolescentes bajo una situación de transgresión a la ley penal, al pensarlo en términos de situación, permite una intervención y abordaje que remite a pensar en un horizonte de cambio, de poder modificar esa situación, no de perpetuidad y de que siempre sucederá o permanecerá bajo esa situación.
-Se suele decir que la cárcel es una “escuela de delincuentes”, ¿Eso es un mito o una realidad?
-Esa es una afirmación que estigmatiza a la población en contextos de encierro y está basada en la idea de que una persona nace delincuente y se perfecciona como tal en una cárcel.
-¿Cómo se trabaja desde los centros?
-Hay equipos técnicos conformados por profesionales de diversas disciplinas, como por ejemplo trabajadores sociales, sociólogos psicólogos, abogados, médicos. Desde los centros se busca abordar la complejidad de cada adolescente en particular, fortaleciendo los vínculos familiares, promoviendo actividades de interés, hábitos saludables, cuidados sobre sí mismos, garantizando escolaridad y la asistencia en su salud. Cada situación es particular pero las características que se repiten muchas veces son: Desvinculaciones de sus familias; falta de lazo social comunitario; carencia de referentes afectivos y espacios de contención; abandono escolar (bajo nivel de instrucción alcanzado); situaciones de consumo problemático de sustancias psicoactivas; situaciones de maltrato y/o abuso infantil.
-¿Alguna reflexión final?
-Hay que resaltar que, en la problemática de la delincuencia juvenil, es mejor prevenir que curar. Es decir, podemos impedir que surjan nuevos delincuentes creando programas de asistencia social, económica y educativa, entre otras cosas.